Primero: Declarar su incompetencia, para conocer, sustanciar y decidir la acción de amparo constitucional interpuesta por la ciudadana Jiménez Zoraida Barbarita titular de la cédula de identidad N° 11.756.286, debidamente asistida por el abogado en ejercicio Marcos Elías Goitia, inscrito en el instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 75.239, contra la ciudadana Deisy Fernandez titular de la cédula de identidad Nº 11.756.282, en su carácter de Jefe de la Zona Educativa del estado Apure, ello con fundamento en lo explanado en la motiva del presente fallo.