-III-
DECISIÓN
En consecuencia, encontrándose llenos los extremos legales que se contrae la primera parte del artículo 201, de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, resulta obligante para esta Juzgadora decretar la perención de la instancia; por tanto, este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: LA PERENCIÓN Y LA EXTINCIÓN DE LA INSTANCIA en el presente juicio, incoado por el ciudadano JOSÉ MANUEL CABRERA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 10.618.391, asistido por el Abogado MANUEL DAVID NAVARRO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 8.167.280 debidamente inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 129.120, contra la Empresa Socialista BATALLA DE YOPITO, S.A., debidamente inscrita ante el Registro Mercantil de la Circ.....