La Juez le concede el derecho de palabra a las partes, las cuales no hicieron objeción. Visto que no hay objeción por las partes y que las mismas no presentaron excusas, este Tribunal considera que llenan los requisitos exigidos en el artículo 151 del Código Orgánico Procesal Penal, en consecuencia, este Tribunal Mixto de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, Extensión Guasdualito, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, Declara constituido el Tribunal Mixto, conformado por los siguientes Jueces: La JUEZ PROFESIONAL, Dra. BETTY YANEHT ORTIZ CHACÓN y los JUECES ESCABINOS, ciudadanos BRUNILDE MARLENE RONDON DE REQUINIVA, Titular 1, JAVIER LARA EREU, Titular 2, en la presente causa. Quedan notificados los comparecientes al acto de Juicio Oral y Público que se fija el día 17 de Febrero a las 9:00 de la mañana. Líbrese boleta de traslado. Notífiquese a la víctima, a la defensa privada, a los expertos y testigos re.....