Por recibido y visto el escrito de CONVENIMIENTO, cursante a los folios 19 al 20 del Cuaderno de medidas en el expediente, y su anexo, mediante el cual celebran convenio de pago entre las partes en el presente juicio, el ciudadano ROGERN JOSE SOLANO, asistido por el abogado en ejercicio SAMUEL MIGUEL CASTILLO RODRIGUEZ, parte demandada y el abogado ELISEO DE JESUS CUERVO HERNANDEZ, en su carácter de Apoderado Judicial de la ciudadana MARIA TEOFILA MALUENGA COLMENNARES, parte demandante, désele entrada y admítase cuanto ha lugar en derecho. En consecuencia, este Tribunal de conformidad con el artículo 265 del Código de Procedimiento Civil, tal como es solicitado por las partes, se ordena HOMOLOGAR dicho CONVENIMIENTO, dándosele el carácter de cosa juzgada con autoridad de sentencia pasada y se da por terminado el presente juicio.-