Este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Apure Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR la presente solicitud formulada por el Adolescente (Se omite de conformidad con lo previsto en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), actuando a favor de su persona.
SEGUNDO: Se AUTORIZA amplia y suficientemente a la Adolescente (Se omite de conformidad con lo previsto en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), para que en su condición de Único y Universal Heredero, tramite y reclame por ante los organismos competentes, tanto públicos como privados, los beneficios Sociales dejados por quien fuera su madre, la de cujus ARELIS JOSEFINA SALAS VILLANUEVA, quien fuera venezo.....