Declara: CON LUGAR la solicitud de Divorcio por Mutuo Consentimiento formulada por los ciudadanos LUIS ALBERTO BEJAS GARCIA y DENNIMAR YURAYS PEREZ ZAMBRANO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad No. V- 21.004.325 y 26.658.357, en su orden, debidamente asistidos por la Abg. KATIUSKA YURMARINA CAMPOS OROZCO, Inpreabogado No. 231.365, padres biológicos de la de la Niña: (Cuya identidad Se omite de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y del Adolescente).-