Por los razonamientos expuestos este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y para el Régimen Procesal Transitorio de la Circunscripción Judicial del Estado Apure con Sede en San Fernando de Apure, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley Declara:
PRIMERO: Declara CON LUGAR la demanda de DIVORCIO ORDINARIO interpuesta por el ciudadano EDSEL ARTURO CARRERA BEJAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-13.255.064, debidamente asistido por la Abogado NAHIR MIRABAL, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 68.015, contra la ciudadana OSKIRA ROSMARY RAMOS RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 13.560.134, fundamentada en el artículo 185, ordinal tercero (3°) del Código Civil venezolano vigente, es decir, "Los excesos, sevicias e injurias graves que hagan imposible la vida en común".