En merito de las consideraciones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Civil (Bienes), Contencioso Administrativo y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Apure y Municipio Arismendi del Estado Barinas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, resuelve:
Primero: Declarar su incompetencia, para conocer, sustanciar y decidir la presente solicitud de Rectificación de Partida de Nacimiento, formulada por los Ciudadanos Atilio Rafael Bianco Machado, Miriam Inés del Carmen Bianco Machado y Miguel Ángel Bianco Machado, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nº V.- 5.794.592, Nº V.- 8.723.498. y Nº V.- 11.710.023, respectivamente.
Segundo: Declinar la competencia al Juzgado Distribuidor de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Apure.
Tercero: Se ordena remitir el presente expediente en la o.....