CON LUGAR la solicitud de Divorcio por Desafecto formulada por la ciudadana, DAYSI YASMIRA BOLIVAR ARJOJA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-17.395.331. debidamente asistido debidamente asistido por la abogada defensora publica SUELKIS RODRIGUEZ inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 113.239,, contra el ciudadano JOSE DANIEL CHIRINO PIÑERO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-17.609.994., conforme al criterio de la doctrina emanada de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en la Sentencia Nro. 1.070, de fecha 09-12-2016, la cual riela en el expediente Nro. 16-0916, con ponencia del Magistrado Dr. JUAN JOSE MENDOZA JOVER, caso Hugo Armando Carvajal Barrios Vs. Gladys Coromoto Segovia González, en la cual desarrolla el nuevo criterio acogido por esta Juzgadora.