PRIMERO: DECAIMIENTO DE LA ACCION, y en consecuencia, EXTINGUIDO EL PROCESO POR FALTA DE INTERES, de la ciudadana BLANCA LISSELL MORALES CARRILLO, parte recurrente.
SEGUNDO: Se ordena la notificación de las partes en la sede del Tribunal, de conformidad con el artículo 251 del Código de Procedimiento Civil.