DISPOSITIVA
Por todo lo expuesto, este Tribunal Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Apure, administrando justicia, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
UNICO: Interrumpida definitivamente, la concentración y continuidad del Juicio Oral y Publico en la presente causa signada 2M-539-10, iniciado el día 24-02-11, causa seguida contra el acusado JUAN MANUEL MORENO; por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO POR MOTIVOS FUTILES O INNOBLES, en perjuicio de CARLOS EDUARDO ROJAS LOPEZ (OCCISO). Todo de conformidad con previsto en los artículos 17 y 337 del Código Orgánico Procesal Penal. En consecuencia se ordena reiniciar el debate oral y público, para el día ONCE (11) DE AGOSTO DE 2011, a las 10:00 de la mañana. Notifíquese a las partes, así como los testigos y expertos que deban comparecer. Cúmplase.
GRECIA GRISET GARCIA R.
La Jueza Segunda de Juicio