Ahora bien, este Tribunal declara: DESISTIDA LA APELACIÓN interpuesta por la parte demandante contra la decisión de fecha 23 de mayo de 2013, proferida por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de esta Circunscripción Judicial.