PRIMERO: Siendo el Ministerio Público el titular de la acción penal y teniendo el mismo la potestad de solicitar la aplicación del procedimiento ordinario o abreviado, conforme a las previsiones en artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal, este tribunal considera ajustado a derecho la solicitud fiscal de que se prosiga la presente investigación por el procedimiento ordinario, y se decreta con lugar a aprehensión en flagrancia conforme a lo estatuido en el artículo 248 ejusdem.
SEGUNDO: Medida Cautelar Sustitutiva de privación de Libertad en contra de el imputado (s) YILVER NAZARET HERRERA OJEDA, Venezolano, fecha de nacimiento 26-02-1982, hijo de Elio Herrera (v) y Ana Ojeda (v) natural de San Juan de Payara, Municipio Pedro Camejo, Estado Apure, de profesión u oficio Chofer, titular de la cédula de identidad N° 16.529.476, residenciado en la Calle Bolívar, casa s/n, ubicada al frente de la Escuela Juan Bautista Este, de la Población de San Juan de Payara, Municipio Pedro .....