HOMOLOGADO el presente Convenimiento Judicial de Aumento de Obligación Alimentaria en la forma y oportunidad de pago convenido por las partes antes nombradas, de conformidad con el articulo 375 en concordancia con el articulo 365 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. En consecuencia, se acuerda aumentar la pensión alimentaria de MIL BOLÍVARES (Bs. 1.000,00) mensuales al 25% de lo devengado por el obligado por concepto de salario integral mensual; Igualmente, se acuerda aumentar el bono especial de Escolar de MIL QUINIENTOS BOLIVARES (Bs. 1.500,00), al 30% de lo devengado por el obligado por concepto de bonificación vacacional, para el mes de Abril; y por ultimo se acuerda aumentar el bono decembrino de DOS MIL BOLÍVARES (Bs. 2.000,00) al 30% de lo devengado por el obligado por concepto de bonificación de fin de año, para el mes de Diciembre. Igualmente las partes acordaron, un aporte extra constituido por el 23,5% de lo devengado por concepto de cesta .....