DISPOSITIVA
En virtud de lo antes expuesto éste Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECRETA:
UNICO: El SOBRESEIMIENTO de la causa signada con el N° 2C-6783-05, seguida en contra de: LUIS ALEJANDRO ECHENIQUE, por la presunta comisión de uno de los Delitos LESIONES PERSONALES CULPOSAS, previsto y sancionado en el articulo 417 en concordancia con el 415 del Código Penal en perjuicio de RUBEN DARIO CARRILLO LUQUE, conforme a lo establecido, en el Artículo 318 Numeral 4º del Código Orgánico Procesal Penal. Y así se decide. Notifíquese a las partes. Remítase al Archivo Judicial en su oportunidad legal. Ofíciese lo conducente. Cúmplase.-
ABG. ELVIA CASTILLO RODRIGUEZ
JUEZ SEGUNDO DE CONTROL