En mérito de las anteriores consideraciones, este Juzgado SEGUNDO DE Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Estado Apure, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad que le confiere la Ley, declara:
PRIMERO: HOMOLOGADA la transacción extrajudicial presentada ante este Tribunal, el doce (12) de marzo del año en curso suscrita entre el apoderado judicial Abogado JOSE HIDALGO inscrito en el Impreabogado bajo el N° 27.483, del trabajador demandante, ciudadano ALEXANDER EUCLIDE CONTRERA, titular de la cédula de identidad N° 14.218.429, y la apoderada judicial Abogada OLGA YUDIT DE MATERAN inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 16.542, del patrono demandado, ciudadano EDGARD COSSON LOPEZ, titular de la cédula de identidad N° 1.751.024.
La Juez Titular,
Abg. Ana Trina Padrón Alvarado
La Secretaria,
Abg. Nereida Torres Salazar