ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY ACUERDA: Declarar CON LUGAR la solicitud de sustitución de la medida judicial de privación preventiva de libertad por otras de medidas menos gravosas de conformidad a lo establecido en el articulo 264 del Código Orgánico Procesal Penal, decisión que se dicta al analizar el resultado de la evaluación psiquiátrica donde se establece que el ciudadano acusado presenta trastorno disocial de la personalidad, trastorno mentales y del comportamiento debido al consumo de múltiples drogas y otros trastornos mentales inducidos por el consumo del alcohol u otras sustancias psicoáctivas tales como "marihuana, basuko, perico", es necesario que el ciudadano se someta a tratamiento médico y teniendo como fundamento, norte y piedra angular del proceso lo preceptuado en los artículos 21 y 22 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y 256 del Código Orgánico Procesal Penal se dicten .....