Previa conversación sostenida con el demandado de autos, notificado en la presente Medida, en virtud de que este ha manifestado su voluntad de hacer efectivo el pago por la cantidad de Tres Mil Ciento Ochenta y Seis Bolívares Fuertes (B.F. 3.186,oo) en un lapso de treinta (30) días continuos, contados a partir de la presente fecha y de no cumplir con el mismo se solicita la ejecución forzosa de la Medida, de igual manera se deja constancia de que se acepta el convenimiento, es todo. El Tribunal vista la exposición anterior y observado como ha sido el convenio al cual han llegado las partes en la presente comisión se ordena la devolución de la misma al Tribunal comitente a los fines de que imparta la homologación respectiva y no teniendo ninguna otra diligencia que hacer, da por terminado el acto y ordena el regreso a su sede natural siendo las 10:00 a.m.-terminó, se leyó y conformes firman.-
La Jueza Temporal.
Dra. AURI TORRES LÁREZ.
La parte Actora y su Abogada Asistente.
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