Por las razones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, este Juzgado Superior en lo Civil (Bienes), Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Apure y Municipio Arismendi del Estado Barinas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, resuelve:
Primero: Declarar Consumada la Perención y Extinguida la Instancia en la Querella Funcionarial; interpuesta por el ciudadano Wolfanf Rafael Zapata, titular de la cédula de identidad N°. 8.620.969, debidamente representado por el abogado Wilmer Francisco Zapata, venezolano, mayor de edad, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado (I.P.S.A) bajo el N°. 143.125, contra la Gobernación del Estado Apure.
Segundo: Se ordena remitir el presente expediente al Archivo Judicial, en la oportunidad legal correspondiente.