D I S P O S I T I V A
En consecuencia, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, este Juzgado Segundo del Municipio
Muñoz de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, DECLARA: No tener Materia sobre la cual decidir, en virtud de lo expuesto por el concubino de la denunciante, y como consecuencia de esta declaratoria se acuerda archivar la presente causa.-
Diarícese, déjese copia y archívese.-
La Jueza,
Abg. Carmen Dolores Marín
La Secretaria Temp.,
Abg. Isoula J. Pérez Aguilera
Seguidamente se le publicó la anterior sentencia, en el día de hoy, 14/10/03, siendo las 8:39 a.m.-
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