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Decisiones del dia 15/11/2007

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado del Municipio Rómulo Gallegos
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : 373-2007 N° Sentencia : Fecha: 15/11/2007
Procedimiento:
Homolog. Oblig. Alimentaria
Partes:
DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE LA L.O.P.N.A., SE OMITEN TODOS AQUELLOS DATOS QUE DE MANERA DIRECTA E INDIRECTA IDENTIFIQUEN A LOS NIÑOS O ADOLESCENTES
Resumen:
DISPOSITIVA Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado del Municipio Rómulo Gallegos de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, admite y HOMOLOGA el convenimiento suscrito por los ciudadanos (IDENTIDAD OMITIDA) Y (IDENTIDAD OMITIDA), de conformidad con lo previsto en el articulo 375 de la Ley Orgánica de Protección del niño, niña y del Adolescente. En consecuencia el obligado deberá cumplir de la siguiente manera: PRIMERO: Depositar por adelantado la cantidad de DOSCIENTOS MIL BOLÍVARES (200.000,00. Bs.) mensuales por concepto de pensión alimentaria a favor del niño, los cinco primeros días de cada mes, en la cuenta de ahorro que a tal efecto se ordena aperturar en el banco de Fomento Regional los Andes, Sucursal Elorza a Nombre de la madre del niño ciudadana (IDENTIDAD OMITIDA). SEGUNDO: Depositar por adelantado la cantidad de TREINTA MIL BOLÍVARES .....
Juez/Ponente:
Hernan José Baena Serrano
Organo:
Juzgado del Municipio Rómulo Gallegos
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N° Expediente : 375-2007 N° Sentencia : Fecha: 15/11/2007
Procedimiento:
Homolog. Oblig. Alimentaria
Partes:
DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE LA L.O.P.N.A., SE OMITEN TODOS AQUELLOS DATOS QUE DE MANERA DIRECTA E INDIRECTA IDENTIFIQUEN A LOS NIÑOS O ADOLESCENTES
Resumen:
DISPOSITIVA Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado del Municipio Rómulo Gallegos de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, admite y HOMOLOGA el convenimiento suscrito por los ciudadanos (IDENTIDAD OMITIDA) Y (IDENTIDAD OMITIDA), de conformidad con lo previsto en el articulo 375 de la Ley Orgánica de Protección del niño, niña y del Adolescente. En consecuencia el obligado deberá cumplir de la siguiente manera: PRIMERO: Depositar por adelantado la cantidad de CIENTO CINCUENTA MIL BOLÍVARES (150.000,00. Bs.) mensuales por concepto de pensión alimentaria a favor del niño (IDENTIDAD OMITIDA), los cinco primeros días de cada mes, en la cuenta de ahorro que a tal efecto se ordena aperturar en el banco de Fomento Regional los Andes, Sucursal Elorza a Nombre de la madre del niño ciudadana (IDENTIDAD OMITIDA). SEGUNDO: Para los meses de Diciembre, aportar.....
Juez/Ponente:
Hernan José Baena Serrano
Organo:
Juzgado del Municipio Rómulo Gallegos
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