HOMOLOGA el Convenimiento efectuado por la ciudadana ARMANDA ARTEAGA HERNÁNDEZ en su carácter de Procuradora General del Estado Apure, y el ciudadano Fidel Enrique Tovar Viera, debidamente asistido por el abogado Robert Alberto Moreno Juárez. Como consecuencia de la anterior declaratoria y de conformidad con lo establecido en el artículo 255 del Código de Procedimiento Civil, se declara la presente causa como Cosa Juzgada y se da por terminado el proceso.