UNICO: Con Lugar la Inhibición manifestada por el Dr. JOSE ANGEL ARMAS, en su carácter de Juez Superior Provisorio del citado Tribunal, por considerar que está ajustado a la Ley vigente y fundada en la causal prevista en el artículo 82 ordinal 9° del Código de Procedimiento Civil; y como consecuencia de dicha declaratoria, quien suscribe, Juez Superior Accidental, Abg. RODOLFO RAFAEL ITURRIZA, se aboca al conocimiento de la presente causa.