Es por todo lo antes expuesto que éste TRIBUNAL MIXTO DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIÓN DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE- EXTENSIÓN GUASDUALITO, por mayoría de sus miembros, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley ABSUELVE a JOSÉ ALCIDES VERENZUELA, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad N° V 8.186.141, nacido en fecha 27-09-1970, en Guasdualito, Estado Apure, hijo de Rosa Nima Verenzuela y José Moreno, de profesión u oficio obrero, residenciado en el Sector Morrocoy a trescientos (300) metros del Nuevo Molino, Guasdualito, Estado Apure, del delito de ACTO CARNAL, en perjuicio de la adolescente identidad omitida, previsto y sancionado en el artículo 379 del Código Penal, según el cambio de calificación jurídica prevenida por el Tribunal y conforme a los hechos contenidos en la acusación presentada por el Fiscal III del Ministerio Público. Se exonera en costas al Estado V.....