PRIMERO: Nulidad de la sentencia definitiva de fecha 20 de Mayo de 2.008, por la cual el Tribunal de la causa declaró con lugar la oposición presentada por la ciudadana MARITZA ELIZABETH ESPINOZA, identificada en autos, representada por los abogados FELICITA ANTONIA LUNA, MANUEL JERONIMO SOLORZANO, y ALBERTO LUIS BOLIVAR, inscritos en el Impreabogado bajó los números 96.904,1.543 y 40.222, respectivamente.
En consecuencia, se ordena al Tribunal de la causa dictar nueva sentencia, con sujeción a lo indicado por las sentencias emitidas por la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, antes transcritas.
SEGUNDO: Se ordena la notificación de las partes, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 251 del Código de Procedimiento Civil.