este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Fernando y Biruaca de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley; DECLARA: CON LUGAR la demanda de DIVORCIO POR DESAFECTO, incoada por la ciudadana: MARIA ELENA INFANTE, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-11.760.581, debidamente asistida en este acto por la Defensora Publica Abog. DESIREE MARTINEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 309.955, contra el ciudadano: PEDRO ANTONIO CARVAJAL, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-11.243.595, Y en consecuencia DISUELTO el Matrimonio Civil contraído por los ciudadanos: MARIA ELENA INFANTE y PEDRO ANTONIO CARVAJAL, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nrosº V-11.760.581 y V-11.243.595,