Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA LA PERENCION DE LA INSTANCIA en el presente juicio de QUERELLA INTERDICTAL POR DESPOJO, incoado por la ciudadana NINA CONTRERAS SISO, contra las ciudadanas ALBA TOVAR Y YELITZA TOVAR, y así se decide. Notifíquese a la parte demandante de la presente decisión en virtud que la parte demandada no había sido citada.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Tribunal siendo las 11:00 a.m. del día de hoy, dieciséis (16) de Octubre de dos mil Nueve (2009). 199° de la Independencia y 150° de la Federación.
La Jueza,
Dra. ANAID C. HERNANDEZ Z.
Secretario Temporal
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