Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal de Ejecución Sección de Responsabilidad Penal del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley ACUERDA: UNICO: RATIFICAR el cómputo de sanciòn de privación de libertad , impuesto al adolescente Iuris IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 65 PARAGRAFO 2 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE, en Audiencia Especial de fecha 13-11-2007, en la presente causa acumulada en fecha 11-10-2007. En consecuencia, se NIEGA las solicitudes planteadas por la Defensa. Así se decide. Notifíquese. Cúmplase.
LA JUEZ;
ABOG. ZULEIMA ZARATE LAPREA
LA SECRETARIA;
ABOG. NANCY LUGO DE MARTÌNEZ
Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado.
LA SECRETARIA;
ABOG. . NANCY LUGO DE MARTÌNEZ
Causa 1E 738-05
ZZL/nl.-