Este Tribunal de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECLARA TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD y POSESIÓN, suficiente sobre las bienhechurías existentes en un lote de terreno propiedad Municipal constante de CIENTO VEINTITRES METROS CON CUARENTA y OCHO CENTIMETROS (123,48 M2) dentro de los siguientes linderos y medidas: NORTE: Calle Santa Clara; en NUEVE METROS CON OCHENTA CENTIMETROS, (9,80 MTS), SUR: Familia Páez; en NUEVE METROS CON OCHENTA CENTIMETROS, (9,80 MTS), ESTE: Familia Rubio; en DOCE METROS CON SESENTA CENTIMETROS (12,60 MTS), y OESTE: Familia Cortez en DOCE METROS CON SESENTA CENTIMETROS (12,60 MTS, ubicado en el "Barrio Santa Teresa" de esta Ciudad de San Fernando, consta la misma de una Casa con piso de cemento liso, paredes de cemento, techo de zinc, con dos (02) habitac.....