DISPOSITIVA
En consecuencia, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil de Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: : PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda de DIVORCIO incoada por la ciudadana EUNICE ARMARIO CARMONA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 9.869.086, contra el ciudadano GREGORIO RAFAEL LICON OLIVO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 8.191.533
SEGUNDO: PROCEDENTE LA ACCIÓN DE DIVORCIO FUNDAMENTADA EN LA CAUSAL 2° DEL ARTÍCULO 185 DEL CODIGO CIVIL, relacionada con abandono voluntario. En consecuencia SE DECLARA DISUELTO el vinculo matrimonial contraído por ellos en fecha 07 de noviembre de 2008, ante el Registro Civil de la Parroquia El Recreo Municipio San Fernando del Estado Apure, según se evidencia del Acta asentada bajo el N° 180, correspondient.....