DISPOSITIVA:
Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, conforme a las previsiones de los Arts. 164 y 264 del Código Orgánico Procesal Penal, llenos los requisitos señalados a tales efectos por dichas disposiciones legales, declara:
PRIMERO: Sin lugar la solicitud de Sustitución de la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad que conforme a las previsiones de los Arts. 250, 251 numerales: 2º, 3º y parágrafo primero; y 252 numerales 1º y 2º, todos del Código Orgánico Procesal Penal, le fuere impuesta a los acusados ciudadanos: JHONNY TOMAS ZAPATA, Venezolano, mayor de edad, de estado civil soltero y Titular de la Cedula de Identidad Personal Nº 19.689.120 y ALIRIO JOSE GARRIDO GUEVARA, Venezolano, mayor de edad, de estado civil soltero y Titular de la Cedula de Identidad Personal Nº 19.250.607, en fecha 01-06-.....