DISPOSITIVA
En consideración a la revisión minuciosa de las actas que conforman el expediente, éste Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial de los Estados Apure y Amazonas, actuando como Tribunal de Primera Instancia en lo Contencioso administrativo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SE DECLARA INADMISIBLE el procedimiento de Tacha Incidental, interpuesta por la abogada Dayana M. Gómez Pinto, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 15.999.651, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 126.505, en contra del Acto Administrativo otorgado por el Instituto Nacional de Tierras (INTi), en reunión Nº 179-08, de fecha 28 de mayo de 2008, la Declaratoria de Garantía de Permanencia a favor de la Asociación Cooperativa Bolivariana La Salesiana.
SEGUNDO: SE ORDENA Oficiar al Registro Inmobiliario del Municipio Muñoz del Estado Apure, a fin que estampe la nota marginal co.....