En virtud de los razonamientos que preceden, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA POR AUTORIDAD DE LA LEY, pasa a emitir los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Se Revoca la decisión mediante la cual el 19-1-2012, el Juez 1° de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Extensión Guasdualito, NELLY RUIZ, desestimó la denuncia interpuesta por el Abg. Dilcio Aquino, por el delito de violencia patrimonial, tipificado en el artículo 50 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.
SEGUNDO: Ordena, remitir las actuaciones correspondiente a la juez de control, extensión Guasdualito, Abg. NELLY RUIZ, para que realice lo correspondiente a la notificación del Ministerio Público para que prosiga con la investigación.