este Tribunal Unipersonal de Primera Instancia Penal en Función de Juicio del Circuito Judicial Penal Del Estado Apure, Extensión Guasdualito, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley DECIDE: Primero: Admite Totalmente la acusación presentada por la Fiscal Tercera del Ministerio o Público, Abg. Jannida Ascanio, en contra de Alix Mireya Pinto García, ya identificada; se admiten todos los medios de prueba. Segundo: Se declara culpable a la ciudadana ALIX MIREYA PINTO GARCIA, colombiana, mayor de edad, titular de la cédula de Ciudadanía N° 68.291.360, de 32 años de edad, viuda, con fecha de nacimiento 17 de abril de 1974, natural de Arauca, Departamento de Arauca, Colombia, residenciada en la calle 28 15 35, Santa Fe, Arauca, República de Colombia, por la comisión de los delitos de OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES, previsto y sancionado en el artículo 31 de la Ley Orgánica contra el Tráfico Ilícito y el Consumo.....