El Tribunal visto el Despacho de Comisión conferido, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley, DECLARA: Formalmente Secuestrados Preventivamente los tres (03) locales comerciales anteriormente descritos y declara la Desposesión Jurídica de los mismos y procede a designar como Depositario Judicial a la ciudadana. INMACULADA KATIUSCA CASTILLO BOLIVAR, antes identificada, quien estando presente acepto el cargo y juro cumplir bien y fielmente con los deberes y derechos inherentes al mismo. El Tribunal le hace entrega de los locales comerciales Secuestrado Preventivamente a la Depositaria Judicial Designada, quien manifiesta recibirlos conforme y mantenerlos a la orden del Tribunal de la Causa. Concluida la misión del Tribunal, ordena remitir el presente Despacho de Comisión con todas sus actuaciones al Tribunal de la Causa y da por terminado el auto y acuerda el regreso a su sede natural, siendo la 1:00 p.m.- Terminó, se leyó y co.....