UNICO: El SOBRESEIMIENTO de la causa signada con el N° 2C-343-00, seguida en contra del ciudadano: KEINER VEINER ARGUELLO, por la comisión del delito ACTO CARNAL CON ADOLESCENTE, previsto y sancionado en el artículo 379 del Código Penal Derogado, en perjuicio de CHALIVETT MARGARITA MACIAS, conforme a lo establecido, en el Artículo 318 Numeral 3º del Código Orgánico Procesal Penal. Y así se decide. Notifíquese a las partes. Remítase al Archivo Judicial en su oportunidad legal. Ofíciese lo conducente. Cúmplase.-
JUEZ SEGUNDO DE CONTROL
ABG. SERVIO TULIO HERNANDEZ