PRIMERO: Declara sin lugar la pretensión interpuesta el 10-5-2013, por la Abg. RINALDA GUEVARA, Defensora Pública Segunda de la Coordinación Regional de la Defensa Pública del Estado Apure, Extensión Guasdualito, Defensora del ciudadano SEM JAFET MARQUEZ ZAMBRANO, contra la decisión mediante la cual el 5-5-2013, la Jueza Primera de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Extensión Guasdualito, decretó en perjuicio del antes mencionado ciudadano, medida de privación judicial preventiva de libertad, por la presunta comisión de los delitos de ROBO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en el artículo 5 en concordancia con el artículo 6 numerales 1, 2, 3, 8 y 10 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores y ASOCIACIÓN PARA DELINQUIR, previsto y sancionado en el artículo 37 de la Ley Contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo.
SEGUNDO: Se confirma la decisión impugnada......