Por las razones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior en lo Civil (Bienes), Contencioso Administrativo y Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Apure y Municipio Arismendi del estado Barinas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
Primero: Parcialmente Con Lugar, la Querella Funcionarial (Cobro de Prestaciones Sociales), interpuesto por el ciudadano Alexander Josué Berro Ceballos, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº 4.671.882, representado por el Abogado, Alexis Rafael Moreno López, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado (I.P.S.A.) bajo el Nº 15.984.
Segundo: se ordena al Municipio Biruaca del Estado Apure, cancelar las prestaciones sociales adeudadas al querellante, desde el 15/12/2000, hasta el 04/08/2005, ambas fechas inclusive. Así como también, vacaciones vencidas, vacaciones fraccionadas y bono de fin de año.
Tercero.....