En mérito de lo anterior, este Juzgado Superior en lo Civil (Bienes), Contencioso Administrativo y Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Apure y Municipio Arismendi del estado Barinas, en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara:
1.-Competente para conocer, en primer grado de jurisdicción, la presente causa.
2.-Admite el Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial, interpuesto por el ciudadano el ciudadano Moreno Edgar Favian, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nº 10.624.839, debidamente asistido por el abogado en ejercicio William Gutiérrez, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado (I.P.S.A.) bajo el Nº 86.935, contra el Instituto Autónomo de la Salud del Estado Apure (INSALUD).
3.-Improcedente el Amparo Cautelar solicitado.