PRIMERO: La APREHENSIÓN EN FLAGRANCIA del ciudadano JESÚS RAFAEL CEBALLO HIDALGO, titular de la cédula de identidad V-24.200.263, imputado por la presunta comisión del delito de; VIOLENCIA FÍSICA, previsto y sancionado en el artículo 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de la Mujer a una Vida Libre de Violencia y AMENAZA previsto y sancionado en el artículo 41 ejusdem; en perjuicio de la ciudadana JUANA ESPINOZA PINO, en concordancia con el artículo 44 numeral 1 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. SEGUNDO: La continuación del proceso siguiendo el PROCEDIMIENTO ESPECIAL previsto en el Capitulo IX, Sección Sexta de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, todo de conformidad a lo establecido en el artículo 97 ejusdem.