Por las razones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Apure y Municipio Arismendi del estado Barinas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Con Lugar, el Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad, interpuesto por el ciudadano Luis Eduardo Luna Silva, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N°15.359.554, debidamente asistido por el abogado Amilcar Guedez, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 97.668, contra la Gobernación del Estado Apure (Comandancia General de Policía del Estado Apure). , en consecuencia se decreta la nulidad del Acto Administrativo DGPBA-ICAP-OISEA Nº 153-17, de fecha 23 de Agosto de 2018, dictado por el Consejo Disciplinario de la Policía del Estado Apure.
SEGUNDO: Se ordena la reincorporación del ciudadano Luis Eduardo Luna Silva, al cargo que venía de.....