HOMOLOGA el Convenimiento efectuado por el ciudadano LUIS ALBERTO PULIDO en su carácter de Sindico Procurador de la alcaldía del Municipio Achaguas del Estado Apure, y la demandante ciudadana ANA MARISOL COELLO LIENDO, venezolana, titular de la cedula de identidad N° 11.761.636, representada por el abogado OSMEL ARTAHONA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 61.123. Como consecuencia de la anterior declaratoria y de conformidad con lo establecido en el artículo 255 del Código de Procedimiento Civil, se declara la presente causa como Cosa Juzgada y se da por terminado el proceso.