IV. DISPOSITIVA
Es por todo lo antes expuesto y razonado que éste TRIBUNAL MIXTO DE DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIÓN DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE, EXTENSIÓN GUASDUALITO, por unanimidad de sus miembros, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECIDE: PRIMERO: En aplicación del procedimiento especial de Admisión de los Hechos, condena al ciudadano OMAR JAVIER RODRÍGUEZ AHUMADA, de nacionalidad colombiana, mayor de edad, titular de la Cédula de identidad No. E- 82.066.654, residenciado en la calle principal, casa No. 04-159, frente a la iglesia Católica, sector Mata de Caña, El Nula, Estado Apure, a cumplir la pena dos (02) años de prisión, por la comisión del delito de ESTAFA AGRAVADA, previsto y sancionado en el numeral 1º, artículo 462 del Código Penal, cometido en perjuicio de la Cooperativa Consejo Comunal Río Chiquito II. Igualmente se le condena a cumplir las penas accesorias establ.....