En este estado el Tribunal vista la solicitud hecha por el Experto designado, le otorga el lapso de veinticuatro (24) horas para que consigne el informe con su respectiva memoria fotográfica. AL PARTICULAR TERCERO: El Tribunal deja constancia que el solicitante, asistido de Abogado no hizo uso del mismo. El Tribunal deja expresa constancia, que la practica de la presente Medida no causo ningún tipo de tasas, aranceles o pago alguno para este Tribunal, de conformidad con lo establecido en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. No siendo otra la misión del Tribunal, da por terminado el acto y ordena el regreso a su sede natural siendo las 11:00 a.m. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.-
El Juez Temporal.
Abg. FRANCISCO JAVIER PADRÓN.
El Solicitante-Notificado y su Abogado Asistente.
MARIO VICENTE GARCIA. Abg. JOSE A. HERNANDEZ L. .....