En virtud de los razonamientos antes expuestos esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, pasa a emitir el siguiente pronunciamiento:
UNICO: Declara no ha lugar la pretensión interpuesta el 6-12-2021, por los Abogados Cyndi Tovar García y Antonio José Hernández, en su condición de Defensores Privados del ciudadano José Luís Bastidas, contra el auto dictado y publicado el 26-11-2021, por la Jueza del Tribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal con Competencia en Delitos de Violencia Contra la Mujer de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Abg. Eneryda Rodríguez Soza, mediante la cual declaró Sin Lugar la solicitud de Decaimiento de la Medida, solicitada por los Abogados Cyndi Tovar García y Antonio José Hernández, en su condición de Defensores Privados del ciudadano José Lu.....