DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos anteriormente expuesto, este Juzgado Segundo del Municipio Muñoz de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: EXTINGUIDA LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, conforme a lo dispuesto en el Artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, en relación a los Artículos 268 y 269 eusdem.-
Diarícese, déjese copia y notifíquese a la parte solicitante, mediante boleta librada.- Cúmplase.
La Jueza,tit.
Abg. Carmen Dolores Marín
La Secretaria,
Teresa Y. Márquez de Laya
Seguidamente se le da cumplimiento al auto que antecede y se publica la anterior decisión en esta misma fecha 18/07/2.007, siendo las 11:00 a.m. Conste.
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