DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos de hecho y de derecho, este Tribunal en Funciones de Control del Sistema de Responsabilidad de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda:
PRIMERO: Con Lugar la solicitud del titular de la acción penal, en virtud de lo cual se declara la nulidad de los actos celebrados por este Tribunal con posterioridad a la acusación fiscal presentada, quedando plenamente vigente y válidos los actos de investigación realizados en el presente asunto, a los fines de alcanzar la finalidad del proceso penal, que no es otra que la búsqueda de la verdad, por lo que se ordena retrotraer la causa al estado de que el Ministerio Público efectúe nuevo acto de imputación fiscal, ello con fundamento a las previsiones del artículo 13, 282, 125, 130, 190 y 191 del Texto Adjetivo Penal, en relación con los artículo 49 de la Constitución de la Repú.....