Suspende la ejecución de la presente Medida de Embargo Ejecutivo de conformidad con lo previsto en el articulo 546 del Código de Procedimiento Civil venezolano, así mismo acuerda agregar a los autos la documentación, constante de trece (13) folios útiles. Se deja expresa constancia, que la practica de la presente Medida no causo ningún tipo de tasas, aranceles o pago alguno para este Tribunal, de conformidad con lo establecido en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Concluida la misión del Tribunal, da por terminado el acto y ordena el regreso a su sede natural siendo las 11:00 a.m. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.-
El Juez Temporal,
Abg. FRANCISCO JAVIER PADRÓN.
El Abogado Actor.
Abg. JOSE RAFAEL PAEZ
Las Notificadas.
RAQUEL JESUS FRANCO POLANCO. NELBYS RAQUEL ACUÑA FRANCO
Los funcionarios del CMDNA-Biruaca.
OMAR GUTIERREZ DANIELA LOZANO
El Jefe de la .....