PRIMERO: Decreta el SOBRESEIMIENTO de la causa en favor del ciudadano EDILBERTO PRATO BONILLA pertenece a la etnia piaroa titular de la cedula Nº 16.767902, ANGEL CANCIO titular de la cedula de identidad Nº 10.015.551, CABINO MURILLO titular de la cedula de identidad º 8.414.228, JUAN SHOKOLI MORILLO PALACIOS titular de la cedula de identidad Nº 17.676.356, GUALBERTO FABIAN MORILLO CANCIO titular de la cedula de identidad Nº 18.243.607, ANGUEIRO JUAN NICODEMO MORILLO titular de la cedula de identidad Nº 10.015.411, MURIILLO CANCE titular de la cedula de identidad 17.106.402, AMADO ALEXANDER GARCIA MARTINEZ titular de la cedula de identidad 14.564.649,NELSON MARTINEZ HERNADEZ titular de la cedula de identidad, 12.469.360, de conformidad a lo establecido en el Artículo 318 Ordinal 2° del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: Se decreta el CESE INMEDIATO de cualquier medida de coerción personal a la cual este sometido dicho imputado, especialmente la que en fecha 02.....