D I S P O S I T I V A:
En atención a las consideraciones antes expuestas, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Apure y Municipio Arismendi del Estado Barinas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por la abogada OLGA JUDIHT DE MATERAN, en su carácter de apoderada judicial del ciudadano CARLOS MANUEL DINIS GUERRA, contra la decisión de fecha 17 de Octubre del año 2013, dictada por el Juzgado del Municipio Biruaca de la Circunscripción Judicial del Estado Apure.
SEGUNDO: SE CONFIRMA la decisión dictada por el Juzgado del Municipio Biruaca de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, de 17 de Octubre del año 2013. En forma modificada en consecuencia se declara Improcedente la OFERTA REAL DE PAGO formulada por la abogada OLGA YUDIT MATERAN, venezolana, mayor de.....